05

Ene

2016

Dr. Percy García Cavero

Caso Buscaglia: "la mediatización de los hechos desvía el foco de la atención pública"

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Varios casos de violencia contra policías, copan espacios en los medios; pero, “aunque son deplorables, no son la criminalidad que socava las bases fundamentales de la sociedad”, comenta el penalista.

Por Elena Belletich Ruiz. 05 enero, 2016.

La noticia del caso de Silvana Buscaglia se posicionó rápidamente en los medios de comunicación, en los temas de conversación y en los foros de discusión por varias razones: la rapidez del proceso, la dureza de la pena, los argumentos de la defensa; la agresión evidente (física y verbal) al efectivo policial y, por si fuera poco, la aparición en el Facebook de una ‘minoría blanca altamente discriminada’, que pretende hacer creer que la sentencia, era parte de la discriminación que sufren ‘los blancos’.

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Percy García Cavero, penalista y docente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Piura.

Con ayuda del doctor Percy García Cavero, penalista y docente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Piura, proponemos algunas reflexiones sobre la desproporcionalidad de la pena y la pretendida discriminación.
En primer lugar, quienes han tenido ocasión de ver el video más completo del hecho (que está en la web) no cabe duda de que hubo un delito y que Silvana no solo agredió a la autoridad. Además, su acción se agrava porque el policía estaba en ejercicio de sus funciones. Efectivamente, delitos como estos deben ser sancionados, sea quien sea el infractor; sin embargo, ¿80 meses de prisión no es una pena excesiva o demasiado severa? Por otra parte, ¿la indemnización para el policía, no podría motivar futuras búsqueda de sin razones para que ‘lluevan’ casos como este?
Para el doctor García, la severidad de la pena impuesta pudo evaluarse mejor. “Si bien la pena mínima por el delito cometido es de ocho años, podrían haberse ponderado otras circunstancias, como la situación de arrebato u obcecación en la que se hallaba la imputada, e incluso, el cierto nivel de provocación por parte de funcionario policial (una causa de exclusión de la responsabilidad imperfecta)”. ¿Por qué no se hizo esto? “Como el caso se sujetó a las reglas de proceso inmediato, hubo poco espacio para un adecuado planteamiento de su defensa; y una influencia indebida de la presión social a través de los medios de comunicación y las redes sociales”, explica el penalista.
Nuevo Código Procesal Penal y celeridad de los procesos
Desde hace unos meses se comenzó a aplicar este nuevo Código. Ya con él han sido resueltos diversos casos. Lo positivo de esta aplicación es la celeridad de los procesos, que evitará que la carga procesal sea más abultada. Sin embargo esta misma ventaja (la celeridad) trae sus riesgos e inclusive “el proceso inmediato podría degenerar también en un proceso de impunidad”, señala Percy García.
Percy García es especialista en Derecho Penal y doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, España.

Percy García es especialista en Derecho Penal y doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, España.

“Estas condenas rápidas difundidas han recibido la aprobación de muchos; pero, son un poco engañosas. Los medios de comunicación no informan, por ejemplo, sobre los procesos inmediatos en los que han sido absueltas personas que podrían haber sido condenadas si hubiera habido una investigación más detallada o que pudieron recibir, por lo menos, una prisión preventiva. Tengo conocimiento de procesos inmediatos en los que imputados por robo agravado han sido absueltos porque los testigos y agraviados cambiaron su versión (por amenazas o promesas de pago).
Además, la justicia célere lleva muchas veces a la decisión apresurada de imponer una pena que termina siendo excesiva o desproporcionada. Por esta razón, en muchos países el proceso inmediato está reservado para delitos menores, de manera que ante casos de delitos graves, la justicia no proceda con apresuramientos que lleven a absoluciones indebidas o a condenas excesivas”.
Delitos menores y los graves
Si bien quizá la mayoría estamos de acuerdo en que los delitos de robo u otros menores deben ser castigados, también estaremos de acuerdo en que hay delitos más graves que requieren mayor atención y que están siendo ‘descuidados’ por atender lo mediático. Por ejemplo: crimen organizado, secuestros, extorsiones, corrupción, peculados, narcotráfico. ¿Por qué no se abordan con la misma celeridad que, por ejemplo, el caso Buscaglia?
El penalista y experto en criminología, Dr. Percy García, asevera que no cabe duda de que el “foco de la atención pública se está desviando por una mediatización de hechos que, aunque son  deplorables, no son la criminalidad que socava las bases fundamentales de la sociedad. No le resto gravedad a la actuación de la señora Buscaglia, pues va contra el principio de autoridad y tiene un componente racista que no puede tolerarse en una sociedad igualitaria; pero, hay delitos que deben tener una respuesta más contundente del Estado y en los que todavía la cuota de impunidad es alta. Ahí debe focalizarse la atención de la opinión pública y no perderse en lo anecdótico de ver a una ‘pituca’ o un ‘hijito de papá’ presos.
García Cavero explica que el proceso inmediato se puede usar para otros casos, además de los de flagrancia. “Se puede aplicar a los casos en los que el imputado confiesa su delitos y a aquellos en los que en las primeras diligencias se reúnen todas la pruebas para condenar al imputado. Como ya dije, esto puede presentarse en cualquier delito, desde la resistencia a la autoridad hasta un robo agravado”.
Sin embargo, anota que hay varias componentes que están fallando: “Por ejemplo, los medios de comunicación están resaltando demasiado el hecho de que se castiguen los actos que antes quedaban impunes. Está bien que estos se difundan, pero lo estamos haciendo con un componente emocional tan alto que llegamos a la desproporcionalidad. La prensa debería ser más objetiva y centrarse en el caso. No se trata de castigar (ahora) a los infractores por todos los anteriores que tuvieron la suerte de vivir en una sociedad de la impunidad. En todo caso, el Estado, específicamente el Poder Judicial, no puede caer en la exageración mediática, debe poner una cuota de imparcialidad y darle a cada infracción lo que objetivamente le corresponde. No se trata de hacer chivos expiatorios o cabezas de turco”.
Discriminación y ‘minoría blanca’
Otra arista que trajo el caso de Silvana Buscaglia fue el de la ‘discriminación’. No solo por las palabras ofensivas que esta lanzó contra el efectivo policial, sino también por lo que le gritaron a ella los que presenciaron el hecho en el Aeropuerto; y por el inadmisible argumento del grupo ‘minoría blanca’ presentado en el Facebook. Inclusive, el tratamiento o la calificación dada en algunos medios al caso, podría tomarse como discriminatorio: “El miércoles, una mujer de clase media-alta de Lima, Silvana Buscaglia Zapler” (web de El país).
Lo increíble de todo es que en pleno siglo XXI, muchos años después de que la esclavitud fue abolida en el país y de que los términos ‘blancas’ o ‘blancos’ con connotaciones raciales han desparecido casi totalmente de las telenovelas y obra literarias, aparezca un grupo autodenominado “minoría blanca altamente discriminada”. ¿A qué blancos se refieren? ¿A los de la obra Matalaché y otras varias de la época?; ¿a los de los poemas de Elvira Castro de Quiroz? o acaso a los ‘blanquitos y pitucos’ de Eliane Karp. Tal vez se refieran a los arios de raza pura de los que hablaban Hitler, y que describe en su Mein Kampf, y sus fanáticos seguidores?  O ¿a los de piel menos oscura; a los descendientes de españoles o aquellas personas de tez muy blanca que les falta melanina en la piel?
¿A quiénes se refieren? Quizá a mí, que también soy un poquito más blanca que algunos de mis hermanos; o a mis hermanos rubios. O, ya sé: se refieren a los blancos de las novelas: ‘los que tienen harto dinero, son los jefes y amos, sin importar el color de su piel’. O quizá se refieran a los pobladores de nuestra serranía peruana que son muy blancos y de ‘cachetes bien rosaditos’ o a las personas de nivel socioeconómico alto o las del nivel A.
Minoría blanca ¡Qué ridiculez!  Si una de las mayores riquezas de nuestro país es también su multiculturalidad, su mestizaje. No hay minorías de chinos, gringos, blancos, cholos, negros, zambos, cobrizos, etc. etc. El Perú es un país mestizo no solo por “la sangre, sino también las costumbres, la ropa, el arte, la agricultura. Si nosotros quitamos lo mestizo destruimos al Perú. En nuestro país no hay una discriminación por raza en un sentido profundo, pero sí una suerte de discriminación psicológica. Este es un problema de origen muy diverso y completo que nos hace mucho daño y debemos superar; de allí que el reto central de la identidad nacional sea fortalecer nuestra creencia en el mestizo. (Dr. José Agustín de la Puente- Revista Amigos 1990).
Es hora de desterrar el racismo de una vez por todas y esa discriminación sicológica que nace –principalmente–- de nuestro interior, de nuestra mente poco cultivada y, en muchos casos, cada vez menos humana. Hace falta, también, desterrar nuestra baja autoestima que hace que nos ofendamos si nos llaman: zambo, cholo, negro, chato, indio. ¡Y qué si soy cholo o zambo! Y qué si mis ancestros fueron negros o blancos o indígenas o asiáticos.
Hay cosas mucho más importantes en qué pensar, por ejemplo, ¿cómo hacer de nuestro país un mejor lugar para vivir? Hay que pensar ¿cómo trabajar juntos para resolver los graves problemas de nuestra sociedad? La única minoría perseguida y castigada debería ser aquella conformada por delincuentes y criminales perversos y, hasta aquella tendría que ser combatida pronto con justicia, políticas y planes estratégicos de desarrollo.
Volvamos todos a lo que realmente importa al país, más aún cuando se acercan las elecciones presidenciales y hemos iniciado un nuevo año: una oportunidad para enmendar, recomenzar, mejorar, y progresar. (Artículo actualizado. Publicado en el suplemento Semana de El Tiempo. 3/01/2016)

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